¿Quiénes no deben encarar una Reforma Judicial?

Comparte:

¿Cómo encarar la reforma judicial?  Y es que, el tema no es menor para no quedar anclado en el debate político o en el debate académico, y sobre todo en cuanto a cómo debe desarrollarse una eventual reforma judicial.

La Constitución Política del Estado promulgada en febrero de 2009 constituye dentro del constitucionalismo latinoamericano un documento novedoso, tanto en su forma como en su contenido; su materialización implicaba la construcción de una nueva institucionalidad que supere con creces a la concepción republicana y que permita el despliegue de su potencial filosófico y el desarrollo del amplio catálogo de derechos contenido en su núcleo, es decir, su realización en la vida política y social del país.

A 14 años de su vigencia, los debates en torno a la correspondencia de la constitución con la realidad empiezan a dilucidarse, no sin negar la constitución y su carácter progresista, y es que podemos decir que estamos ante una constitución joven, que junto a la constitución ecuatoriana se inscriben en la tradición neoconstitucionalista que contrapone la forma estatal plurinacional a la forma estatal republicana.

Estas dos visiones de Estado, o de cómo el Estado debe desarrollarse en los marcos jurídico constitucionales, todavía pugnan en el campo político, por eso la negación de la wiphala, la búsqueda de un estado federal, la negación del Estado Plurinacional, son algunas muestras de que el proceso constituyente que, tuvo un hito con la promulgación de la Constitución Política del Estado Plurinacional, pero no era el fin, sino el principio de un proceso político que debió desarrollar todo el potencial de la constitución en forma de leyes, normas y decretos, que redibujen al nuevo Estado y a su vez se alejen de toda forma republicana como una condición intrínseca para la materialización del Estado Plurinacional.

La práctica demostró lo contrario, la impronta liberal y republicana estaba impregnada en el gabinete del gobierno del ex presidente Evo Morales, un ala jurídico conservadora desde 2010, lejos de desplegar la potencialidad de la constitución la limitó en términos jurídicos, y cercó el carácter emancipador de la constitución en los marcos de la democracia liberal. Con esta visión jurídico liberal, no solo se cercenó la justicia indígena, sino que se empezó a desarrollar un conjunto de normas infra constitucionales reproductoras del viejo Estado republicano, y se dejó en vigencia otras normas que eran vertebrales para pervivencia del republicanismo institucional y que aún subsisten vigentes en contradicción con el espíritu de la constitución de 2009.

En ocasión del aniversario de la promulgación de la constitución el 9 de febrero, el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, organizó un evento en el que pudimos conocer el de dos personalidades que gravitan por el rol político que cumplen, en una eventual reforma judicial Héctor Arce Zaconeta e Iván Lima.

El primero, Héctor Arce Zaconeta, que en su momento fue promotor de las elecciones judiciales de 2011 y 2017, en esta ocasión reivindicó lo novedoso de las elecciones judiciales, y que, pese a las críticas que pesan sobre esta forma de elección, afirmó su vigencia y realización. En lo político destacó que la constitución contempla la segunda vuelta electoral en las presidenciales, que la constitución permite la inclusión mediante la elección de diputados indígenas, que existe la consulta previa y los mecanismos constituidos hacia la justicia indígena; finalmente, cierra resaltando que tenemos un sistema de codificación aun incompleto, pero importante por sus características.

El segundo, Iván Lima resaltó que los paradigmas han sido resueltos de una manera ejemplar, de que hay un escenario para las elecciones judiciales, menciono también que tenemos una justicia indígena campesina que está al mismo nivel que la justicia ordinaria, y que las grandes transformaciones han salido desde las salas de justicia, desde la perspectiva realista que conocen las salas de justicia, o que es lo mismo, los actuales operadores de justicia.

Todo este descomunal elogio, muestra que existe una necesidad de hacer un balance critico a 14 años de vigencia de la Constitución Política del Estado Plurinacional, y que, este balance crítico no provendrá de quienes cercaron jurídicamente los alcances y posibilidades emancipatorias de la constitución, pero tampoco puede provenir de quienes, con una visión republicana y liberal, encaran hoy un proceso de recolección de firmas para la transformación de la justicia vía reforma constitucional.

Ahí estriba precisamente la veta para la profundización del Estado Plurinacional,  al menos en el aspecto jurídico, por eso debe evaluarse en qué medida el conjunto de leyes emitidas luego de la promulgación de la constitución, son consonantes con sus postulados filosófico políticos, y sobre todo obliga a realizar una sociología jurídica sobre la materialización de la constitución, no solo en práctica judicial, sino también en el funcionamiento del Estado, y en el objetivo último de desmontar todo atisbo de republicanismo colonial, que está fuertemente imbricado en las instituciones estatales.

En tiempos en los que, una reforma judicial se hace cada vez más urgente y a la vez más lejana, parece ser que quienes están llamados a tomar la iniciativa política o quienes por antonomasia deberían conducir una reforma judicial dentro de los marcos de la Constitución vigente, han quedado extraviados a tal extremo, que los acontecimientos políticos arrastrarán por fuerza todo atisbo de transformación. Y esto en gran medida gracias a quienes han quedado estancados en la historia y han optado por glorificar discursivamente la constitución, pero deshilvanarla para que simplemente quede en papel.

Por eso ya no basta elogiar a la constitución, o deshacerse en loas sobre ella, sino mirar más allá para entender desde el campo jurídico, por qué es tan difícil descolonizar el Estado oficina por oficina, juzgado por juzgado, institución por institución y sobre todo por qué es tan difícil construir un cuerpo normativo que permita profundizar la Constitución Política del Estado Plurinacional. Si la pregunta maestra es, cómo encarar la reforma judicial, quizás primero debamos saber, quienes no deben encarar dicha reforma.

Igor Estrada

Abogado

 

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *